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Resumen Legal Nº 137, diciembre 2002

En esta oportunidad les informamos de la Resolución CONASEV N°94-2002-EF/94.10 (en adelante, la “Resolución”), que establece disposiciones para la presentación de la Memoria Anual y el Documento de Información Anual para aquellas empresas inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores. Dicha Resolución ha sido publicada el 17 de diciembre de 2002.

Sobre el particular, la Resolución establece lo siguiente:

  1. Los emisores y las personas jurídicas inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores, así como las Empresas de Fondos Colectivos deberán presentar a la CONASEV y a la Bolsa de Valores de Lima, de ser el caso, su Memoria Anual y el Documento de Información Anual al día siguiente de haber sido aprobada por el órgano correspondiente, siendo el plazo límite de presentación el 15 de abril de cada año. En el caso de las empresas emisoras, la presentación de dicha información es considerada hecho de importancia.
  1. Esta disposición se aplica a partir de la presentación de la Memoria Anual correspondiente al ejercicio 2002, y su finalidad es uniformizar los plazos para la presentación de la información financiera individual auditada anual, la Memoria Anual y el Documento de Información Anual.
  1. La Resolución precisa además que el órgano encargado de aprobar la Memoria Anual y, de ser el caso, el Documento de Información Anual es la Junta Obligatoria Anual de Accionistas, en el caso de las sociedades anónimas.

Lima, 17 de diciembre de 2002

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