En esta oportunidad les comentamos la Ley N°27909,
referida a los alcances del Impuesto a la Renta en los Convenios de Estabilidad Jurídica
Tributaria; y, el Decreto Supremo N°1-2003-EF, el cual modifica el Reglamento del
Drawback. Ambas disposiciones han sido publicadas el 8 de enero de 2003 y entran en
vigencia a partir del 9 de enero de 2003.
Los principales aspectos regulados por las referidas normas
son los siguientes:
I. CONVENIOS DE ESTABILIDAD
TRIBUTARIA
1.1. Alcance de la estabilidad
tributaria
Los convenios que se suscriban al amparo del Decreto
Legislativo N°662, norma que aprueba el régimen de estabilidad jurídica y otras
disposiciones relacionadas a la inversión extranjera, y del Decreto Legislativo N°757,
Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada; de lo dispuesto en la Ley
Orgánica de Hidrocarburos; y del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería;
estabilizarán el régimen del Impuesto a la Renta vigente a la fecha de la celebración
del respectivo convenio o contrato, siéndoles aplicables también las normas publicadas
al momento de su suscripción que modifiquen dicho régimen - aunque entren en vigencia en
ejercicios posteriores - y desde el momento de su aplicación general.
1.2. Tasas del Impuesto a la Renta en
contratos sectoriales
Se precisa que los dos (2) puntos porcentuales adicionales
aplicables a los Contratos de Estabilidad suscritos con el Estado al amparo de la Ley
Orgánica de Hidrocarburos y de la Ley General de Minería se calculan sobre la tasa
recogida en la Ley del Impuesto a la Renta (actualmente del 27%).
II. MODIFICACIONES AL REGLAMENTO
DEL DRAWBACK
Se indica que la tasa de restitución aplicable a los bienes sujetos al beneficio del
Drawback será el equivalente al 5% del Valor FOB de la exportación de hasta los primeros
US$20 millones de dólares anuales de exportación de productos por sub-partida
arancelaria y por empresa exportadora no vinculada, monto que podrá ser reajustado de
acuerdo a las evaluaciones que realice el Ministerio de Economía y Finanzas.
Lima, 9 de enero de 2003
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